May 26, 2005

 
Diccionario Personal : Libertad de Tránsito

En Panamá, es un mal chiste, Yo propongo un cambio a la Constitución que diga más o menos lo siguiente: “ Se garantiza el libre tránsito, excepto cuando una persona o grupo decidan cerrar una o varias vías , para llamar la atención de las autoridades sobre un problema, sea real o no. En estos casos, se presume que los derechos de quienes cierran vías son superiores a los del resto de los ciudadanos. Los miembros de la Fuerza Pública dialogarán con los protestantes para convencerles de que abran la vía. En cualquier caso, sólo podrán actuar coactivamente después de nueve horas contadas a partir del momento en que se cerró la vía.”
Acepto propuestas alternativas.

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