July 07, 2009

 

Autogolpe en Honduras

(Este artículo me lo publicó el Diario La Prensa de Panamá, ayer lunes 6 de julio)

En Honduras, el Presidente Manuel Zelaya intentaba subvertir el orden constitucional, pero la institucionalidad fue preservada por valientes hombres que se negaron a permitirle a Zelaya constituirse en tirano.

Zelaya pretendía violentar la Constitución haciendo un referéndum sobre la posible convocación en noviembre a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución, de tal manera de permitir su reelección. Pero la Constitución hondureña no sólo prohíbe la reelección del Presidente sino que además sanciona con la pérdida del cargo para quien proponga la eliminación de dicha prohibición (el Artículo 239). Así las cosas, el tal referéndum era ilegal desde su concepción, y ello lo hizo saber el Tribunal Supremo Electoral al Presidente Zelaya.

Entonces Zelaya decidió proseguir de todos modos, y por eso llamó al ejercicio 'encuesta' y no referéndum, y pretendía llevarlo a cabo con el Instituto Nacional de Estadísticas (controlado por el Ejecutivo), entidad a la que claramente no le corresponde una consulta popular como ésta. Pretendía además hacerlo de tal manera que las fuerzas armadas colaboraran en el ejercicio, y cuando el jefe de las Fuerzas Armadas conjuntas Romeo Vásquez Velásquez se negó a cooperar, por tratarse de un acto inconstitucional, el Presidente Zelaya decidió destituirlo. El Ministro de Defensa, Edmundo Orellana, renunció en protesta, y así lo hicieron también los jefes de las tres ramas militares, Naval, Aérea y Ejército.

Entonces, Vásquez recurrió contra la decisión ante la Corte Suprema de Justicia y ésta resolvió de forma unánime (5-0) declarar nula la destitución y por tanto restituir a Vásquez.

El Presidente Zelaya decidió proseguir de todas maneras, contra la orden de los organismos de justicia competentes. La llamada 'encuesta' tendría lugar el pasado domingo 28 de junio. Ante este evidente rompimiento del orden constitucional de parte de Zelaya, el Fiscal General Luis Rubí ordenó a las fiscalías bajo su mando, a acudir ese día a los centros de votación ilegales para tomar evidencia del delito. Así se hizo y paralelamente las F.F.A.A. fueron ordenadas por la propia Corte Suprema de Justicia, a detener al Presidente. Esto se hizo y en efecto el Presidente fue detenido y puesto en un avión hacia San José, Costa Rica.

En una República gobierna la Constitución y la Ley, no los hombres. Ningún hombre, ni siquiera el Presidente en funciones, está por encima de la Constitución y las leyes. Cualquier acto de insubordinación contra el orden constitucional establecido, es en sí un golpe de estado. En este caso, es harto claro que ha sido el Presidente Manuel Zelaya quien intentó violentar el orden constitucional.

Ante esto, ¿qué debían hacer las demás autoridades del país (Órgano Judicial, Ministerio Público, Tribunal Supremo Electoral y F.F.A.A.)? ¿Debían quedarse de brazos cruzados viendo cómo el Presidente violentaba la Constitución? ¿No es acaso el deber de todo ciudadano (y con mayor razón, la de los ciudadanos investidos con funciones de guarda de la Constitución y las leyes), el usar los medios que estén a su alcance para proteger la Constitución y las Leyes?

A mi modo de ver, la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Supremo Electoral, la Fiscalía General y los demás fiscales bajo su mando, al igual que las F.F.A.A. hondureñas, han actuado cívicamente para proteger la Constitución el domingo pasado. Actuaron con valentía para proteger a su República del intento golpista de su Presidente Manuel Zelaya.

Sin embargo, veo con tristeza cómo todos los gobiernos del mundo corren a condenar dichas actuaciones, y en cambio a respaldar al golpista Zelaya. Y se nota el contraste con el trato dado a la dictadura cubana, que acaba de ser restituida a la Organización de Estados Americanos (OEA), misma organización que ahora condena la remoción del Presidente Zelaya.

En América Latina tenemos una larga tradición de gobernantes que pretenden perpetuarse en el poder mediante maniobras de toda clase. Los hondureños se hartaron de esto hace décadas, y por eso contemplaron en su Constitución de 1982 la cláusula que prohíbe la reelección presidencial y que además sanciona con la remoción inmediata del cargo a quien ose proponer siquiera la reforma de dicha cláusula. Aún estamos a tiempo para recapacitar, pues lo que debe defenderse es el mantenimiento del Estado de Derecho, y no al usurpador.

Comments:
Igual que Allende, al cual lo colocan como Demócrata.
 
Jaime Raúl:Lo que yo no me explico es por qué lo sacaron del país.¿Has leído algo que tenga sentido al respecto?Pienso que algo importante tiene que haber y que el nuevo gobierno no puede decir por alguna razón.
 
Los hondureños tenían básicamente 4 opciones:
1) pegarle un tiro en la nuca; 2) exiliarlo; 3) detenerlo y enjuiciarlo; 4) no hacer nada.

La opción (1) es incivilizada y hubiera sido la peor de las 4. La opción (4) es el otro extremo. Sólo quedaban la de exiliarlo y la de detenerlo y juzgarlo. Asumo que los hondureños evaluaron que si corrían con esta opción, Mel haría un show mediático, el asunto se convertiría en un circo, y se jugarían el riesgo de una guerra civil.

Por supuesto, en retrospectiva sabemos que el circo y el show mediático no se lo evitaron con montarlo en un avión. Pero probablemente sí evitaron la guerra civil.

Al final, debo suponer que los hondureños conocen mejor su propia realidad, y que ellos sabrán por qué no prefirieron detenerlo (que toda razón y justificación hubieran tenido para hacerlo).
 
Yo pienso que un golpe es un golpe y no hay legitimidad en los golpistas.

El congreso no podía nombrar presidente sabiendo que el presidente legítimo había sido derrocado y que medios violentos le impiden ejercer su cargo. Ese fue un acto ilegítimo del congreso.

El congreso me parece debió esperar a que se resituyera el orden constitucional para iniciarle un juicio a zelaya. Nunca nombrar presidente.

Hay un grave problema de legitimidad en todo el asunto.

Los hondureños debieron haber detenido a zelaya y someterlo a la justicia, con juicio político y todo.

Pero bueno, como no lo hicieron así, ahora deberán esperar a que se restaure el orden constitucional para llamar a elecciones y dejar el asunto en el pasado. De momento no hay ninguna legitimidad en honduras.
 
Rigo, he aquí lo que dice el Art. 239 de la Constitución hondureña:

"ARTICULO 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.

El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública."

Fíjate que no dice "será juzgado", sino "cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos". Es decir, es una cláusula que opera de pleno derecho, es decir, y esto lo ratifica la interpretación de varios juristas hondureños que he escuchado, no requiere un acto de enjuiciamiento de parte de nadie.

Aparte de eso, Rigo, un golpe de estado es el rompimiento del orden constitucional. El golpe de estado no es deponer al Presidente, o deponer al Congreso per se. Lo es, repito, el romper el orden constitucional. Si es el Presidente quien rompe el orden constitucional, por ejemplo, al ordenar la disolución del Congreso, entonces no da golpe de Estado quien remueve al Presidente de sus funciones. Si ante dicho acto inconstitucional del Presidente, el Congreso (o el Ejército o la Corte Suprema) remueve al Presidente de su cargo, dicho acto no es un golpe de estado, sino precisamente el restablecimiento del orden constitucional que estaba amenazado de ser quebrantado.

No es realista esperar que en toda situación de crisis institucional de un país, haya la oportunidad para que el Congreso actúe de modo judicial y le haga un juicio al presidente. Es el equivalente de pretender, en el plano individual, que ante una amenaza inminente a la propia vida en un callejón, la persona inocente no pueda usar la fuerza para repeler la amenaza, sino que deba promover un juicio al delincuente antes de poder actuar. Volviendo al caso institucional, ello implicaría dar tiempo al presidente golpista para que logre controlar los factores reales de poder y logre consumar su golpe, mientras los congresistas aún debaten.

Otro ejemplo: si hubiera prosperado el intento de asesinato a Hitler ejecutado en julio de 1944, ¿debían las potencias aliadas repudiar al gobierno resultante y exigir el restablecimiento de la democracia? No olvidemos que Hitler llegó al poder por medio de los votos, en 1933.
 
Ese artículo 239 tiene mucha miga y puede ser clave para evaluar todo el episodio.En todo lo que he leído me ha llamado la atención que prácticamente nadie cita la legislación hondureña.Todo el mundo parece suponer que en Honduras rige la misma legislación que en el país de quien escribe.
 
Es que no jaime, es que no.

En primer lugar yo entiendo que se puede hablar de que se ha cometido un delito en cuanto llegue a ser el hecho material que constituye el delito. Zelaya hasta donde sé, no llegó a consumarlo materialmente.

Y es importante, porque no es asunto de si un inocente no puede usar la violencia para responder en legítima defensa; es asunto de saber si ese "inocente" es tan inocente como aparenta. Porque alguien puede repeler lo que considere una amenaza, pero si la amenaza no era real, el "inocente" tendrá que ir a la cárcel por violar el derecho ajeno.

La ley no puede actuar preventivamente. Un delito alcanza el grado de delito cuando el hecho fue consumado. Aquí no hablamos de la vida o muerte de un individuo; hablamos del orden constitucional que a como se puede desordenar también se puede ordenar de nuevo. Pero para que se reestablezca tiene que haber legitimidad. Y para que haya legitimidad tienen que haber pruebas de que se cometió un delito.

El congreso, mediante ditamen o algo así, debió haber presentado aunque sea un reporte de las acciones del presidente y este debió ser votado en el congreso y aprobado por el judicial para que el presidente fuera sacado de su cargo "inmediatamente". Claro, inmendiatamente después de presentar y aprobar las pruebas.

Hasta donde tengo entendido nadie hizo algo así. Actuaron como decís jaime cuando un inocente está ejerciendo su "legitima defensa". Pero como es la "vida" de un orden constitucional de una ficción llamada estado, el asunto no era tan urgente como para obviar lo más elemental: el derecho de defensa, que no tuvo zelaya en ningún momento, porque lo derrocaron y lo mandaron a costa rica.

Aunque la ley no lo indique, es solo sentido común que debería haber un reporte aprobado por el congreso en el que se demuestre que zelaya violó la ley en grado material para poder legítimamente sacarlo del poder.

Y ese reporte debería existir porque sino podría suceder que el legislativo y el judicial se podrían poner de acuerdo y con solo mencionar que un presidente violó la constitución entonces podrían eventualmente mandar al ejercito a que lo saque del poder. Así. Sin más ni más. Sin necesidad de pruebas ni legitimidad alguna. Qué se los impediría?

No sé, hasta parece que lo he visto en alguna parte.

Pruebas, claro, pruebas. Pero cómo conseguir pruebas de un hecho no consumado en grado material? Y si no se consumó el delito en grado material, cómo decir que hubo un delito?

Estoy de acuerdo en que le levantaron los calzones a la constitución hondureña lo que permitió ver sus graves insuficiencias. Pero puchis, en una democracia debería haber algún orden aunque sea solo como reverencia protocolaria, solo porque son caballeros.
 
Si lo que se quería era sacar a zelaya (algo con lo que yo habría estado de acuerdo), entonces la solución es la número 4 que mencionó jaime raúl en su primer comentario: "no hacer nada".

No se hacía nada. Se dejaba que zelaya consumara el acto y ahora sí, después de consumar el acto material, se le detiene, el congreso conoce una moción en la que se presentan pruebas del hecho consumado, que claramente lo establece la constitución, y luego se manda a zelaya a la calle y a micheletti a la presidencia.

Con 24 horas más de espera habrían legitimizado la salida de zelaya del poder. Solo 24 horas. Y podían esperar hasta más días, mientras el congreso con calma analiza los hechos y votan un dicatmen.

Podían esperar más días porque la constitución, a diferencia de la vida de los individuos, se puede recomponer en cualquier momento que retorne la legitimidad.
 
El artículo 208 de la costitución hondureña, versículo 5 dice respecto a sus obligaciones: "5. Recibir las denuncias de violación a esta Constitución;"

Pareciera que no solo había que consumar el acto, sino que debería haber sido conocido por el plenario para luego actuar.

Por otra parte, el artículo 313 dice: "Los Tribunales de Justicia requerirán el auxilio de la Fuerza Pública para el cumplimiento de sus resoluciones; si les fuera negado o no lo hubiere disponible, lo exigirán de los ciudadanos."

Pareciera que en ninguna parte se autoriza al ejercito a cumplir este tipo de resoluciones.

Ya me extrañaba que no hubiera el debido proceso.

La constitución hondureña: http://www.honduras.net/honduras_constitution2.html

Saludox.
 
ARTICULO 102.- Ningún hondureño podrá ser expatriado ni entregado por las autoridades a un Estado extranjero.
 
Rigo, el punto es que en el caso de la legítima defensa individual, precisamente no hay prejudicialidad. El individuo que se siente amenazado no tiene por qué esperar que un juez o autoridad actúe, sino que tiene el derecho a usar la fuerza para defender la vida.

Lo que propones, en sentido que para que las instituciones de una república puedan actuar frente a un intento de golpe, deban dejar que se consume el golpe, para entonces procesar al golpista, es iluso. Una vez que se consuma el acto golpista, lo primero que hará el golpista es remover a los no-leales suyos, de las instituciones democráticas, y hasta las disuelve. Lo que propones es el equivalente a decir que para que una persona pueda actuar en legítima defensa, debe primero dejar que el agresor lo mate, lo cual, por supuesto, negaría precisamente la razón de ser de la legítima defensa, que es conservar la vida.

Permitir la consumación del golpe sería permitir el asesinato de la república que se quiere proteger.
 
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