November 19, 2009
Mansueti: Preguntas y respuestas sobre la libertad (Cont)
10. ¿Y quién garantiza esa libertad? ¿Y los servicios públicos?
La realización de los proyectos vitales es algo que absolutamente nadie puede garantizar, aunque se le proponga. En cuanto a la libertad para intentarlo, sólo puede protegerla el imperio de la ley común, suprema conquista de nuestra civilización. Y en esta función -pero bien entendida- la ley y la autoridad son insustituibles: o ellas o nadie.
Porque están para proveer ese y los otros bienes y servicios estrictamente públicos.
Que son aquellos que protegen la libertad y los demás derechos de todos , cuyo financiamiento voluntario seria imposible o más engorroso o costoso, o permitiría su indebido usufructo por no pagadores. Por ejemplo: seguridad personal, o vialidad para circular. Por eso los policías, tribunales y cárceles, se pagan obligadamente, con impuestos, al igual que las aceras y calles en las ciudades, o los caminos y puentes en los campos.
Pero si se pretende tratar como públicos otros bienes y servicios que no lo son porque su provisión por contratación privada es factible y preferible (ejemplo, atención medica o educación) y no obstante se dispone su producción estatal, y se nos obliga a costearlos con impuestos, entonces nuestra libertad se lesiona.
11. ¿Cómo protege la ley común la libertad personal?
Sólo a través de un marco muy general, válido para todo el mundo -por eso los anglosajones le llamaban antiguamente "ley común"- que brinde suficiente seguridad acerca de las responsabilidades de cada quien por los daños causados y sus límites. Las responsabilidades civiles y penales son en cada caso fijadas por las leyes comunes respectivas; y la manera de hacerlas judicialmente efectivas o reparar, por leyes procesales.
En libertad, es éste un marco suficientemente amplio como para que en él tengan cabida todos los proyectos personales, y el Estado debe prestar la fuerza para que sus preceptos sean cumplidos, a través de sus autoridades. Que son los legisladores que declaran la ley -pero no la inventan arbitrariamente-; los policías que procuran su efectividad compulsoriamente cuando no hay cumplimiento espontáneo; y los jueces que sentencian las previsiones o reparaciones debidas. Y no debe confundirse la identidad de las autoridades o sus funciones con el modo de elegirlas y designarlas.
12. ¿Cuándo un país "es libre"?
Cuando lo son sus habitantes, no sus gobiernos. Porque ¿qué es un país sino un conjunto de personas?
En esta materia -como en otras- es muy común el suponer que "el todo es algo más que el conjunto de sus partes". Es un error lógico: si en el conjunto descubrimos "algo más", entonces es parte; significa que en un primer examen no lo describimos bien. La difusión de este y otros errores conceptuales muy gruesos hace peligrar nuestra civilización, porque permiten que hechos y cosas sean entendidas y por tan tanto tratadas como si fuese algo distinto de lo que son en realidad, lo cual es fuente de muchas acciones muy desacertadas, tanto de los gobiernos como de los particulares, en asuntos públicos y privados.
13. ¿ Y cuándo una persona "es libre"?
Metafísicamente siempre lo es, y absolutamente, porque en todo momento puede escoger entre las opciones reales, aunque ellas sean pocas o muy limitadas.
Como ciudadano puede ser libre o no -o más o menos libre, relativamente-, en la medida en que no se encuentre obligado a seguir directivas o prohibiciones impuestas por la fuerza que injustificadamente le vedan, imposibilitan o encarecen opciones reales. Es libre en tanto y cuanto la ley y autoridad reconozcan su libertad como derecho civil propio: a orientar su conducta según sus propias convicciones, conveniencias e intereses, para logra sus fines, con sus medios y recursos; y en el grado que tiene como suyas las posibilidades legales abiertas -ciertas y efectivas- de hacerlo cumplir.
14. ¿ La libertad personal debe reconocer limites?
Los daños a otros -especialmente mediando violencia y fraude- deben ser firmemente proscritos por la ley, y sin excepciones para nadie; pero esos límites deben estar bien definidos en sentido estricto, y constituir los únicos , porque cualesquiera otros (como por ejemplo los eventuales "daños a uno mismo") son muy imprecisos, desvirtúan la naturaleza de la libertad y la vulneran.
( Alberto Mansueti, 95 preguntas y respuestas sobre la libertad )
La realización de los proyectos vitales es algo que absolutamente nadie puede garantizar, aunque se le proponga. En cuanto a la libertad para intentarlo, sólo puede protegerla el imperio de la ley común, suprema conquista de nuestra civilización. Y en esta función -pero bien entendida- la ley y la autoridad son insustituibles: o ellas o nadie.
Porque están para proveer ese y los otros bienes y servicios estrictamente públicos.
Que son aquellos que protegen la libertad y los demás derechos de todos , cuyo financiamiento voluntario seria imposible o más engorroso o costoso, o permitiría su indebido usufructo por no pagadores. Por ejemplo: seguridad personal, o vialidad para circular. Por eso los policías, tribunales y cárceles, se pagan obligadamente, con impuestos, al igual que las aceras y calles en las ciudades, o los caminos y puentes en los campos.
Pero si se pretende tratar como públicos otros bienes y servicios que no lo son porque su provisión por contratación privada es factible y preferible (ejemplo, atención medica o educación) y no obstante se dispone su producción estatal, y se nos obliga a costearlos con impuestos, entonces nuestra libertad se lesiona.
11. ¿Cómo protege la ley común la libertad personal?
Sólo a través de un marco muy general, válido para todo el mundo -por eso los anglosajones le llamaban antiguamente "ley común"- que brinde suficiente seguridad acerca de las responsabilidades de cada quien por los daños causados y sus límites. Las responsabilidades civiles y penales son en cada caso fijadas por las leyes comunes respectivas; y la manera de hacerlas judicialmente efectivas o reparar, por leyes procesales.
En libertad, es éste un marco suficientemente amplio como para que en él tengan cabida todos los proyectos personales, y el Estado debe prestar la fuerza para que sus preceptos sean cumplidos, a través de sus autoridades. Que son los legisladores que declaran la ley -pero no la inventan arbitrariamente-; los policías que procuran su efectividad compulsoriamente cuando no hay cumplimiento espontáneo; y los jueces que sentencian las previsiones o reparaciones debidas. Y no debe confundirse la identidad de las autoridades o sus funciones con el modo de elegirlas y designarlas.
12. ¿Cuándo un país "es libre"?
Cuando lo son sus habitantes, no sus gobiernos. Porque ¿qué es un país sino un conjunto de personas?
En esta materia -como en otras- es muy común el suponer que "el todo es algo más que el conjunto de sus partes". Es un error lógico: si en el conjunto descubrimos "algo más", entonces es parte; significa que en un primer examen no lo describimos bien. La difusión de este y otros errores conceptuales muy gruesos hace peligrar nuestra civilización, porque permiten que hechos y cosas sean entendidas y por tan tanto tratadas como si fuese algo distinto de lo que son en realidad, lo cual es fuente de muchas acciones muy desacertadas, tanto de los gobiernos como de los particulares, en asuntos públicos y privados.
13. ¿ Y cuándo una persona "es libre"?
Metafísicamente siempre lo es, y absolutamente, porque en todo momento puede escoger entre las opciones reales, aunque ellas sean pocas o muy limitadas.
Como ciudadano puede ser libre o no -o más o menos libre, relativamente-, en la medida en que no se encuentre obligado a seguir directivas o prohibiciones impuestas por la fuerza que injustificadamente le vedan, imposibilitan o encarecen opciones reales. Es libre en tanto y cuanto la ley y autoridad reconozcan su libertad como derecho civil propio: a orientar su conducta según sus propias convicciones, conveniencias e intereses, para logra sus fines, con sus medios y recursos; y en el grado que tiene como suyas las posibilidades legales abiertas -ciertas y efectivas- de hacerlo cumplir.
14. ¿ La libertad personal debe reconocer limites?
Los daños a otros -especialmente mediando violencia y fraude- deben ser firmemente proscritos por la ley, y sin excepciones para nadie; pero esos límites deben estar bien definidos en sentido estricto, y constituir los únicos , porque cualesquiera otros (como por ejemplo los eventuales "daños a uno mismo") son muy imprecisos, desvirtúan la naturaleza de la libertad y la vulneran.
( Alberto Mansueti, 95 preguntas y respuestas sobre la libertad )